Se tiende a la obligación de la educación vial para que se tome conciencia del fenómeno y de sus consecuencias.
Se espera con la educación vial que todos respetemos más la vida.
Algunas definiciones que se deben de conocer en la educacion vial.
Acera: orilla de la calle, vía pública o vereda,
generalmente pavimentada, destinada para el tránsito de
peatones.
Automóvil: Automotor para transporte de personas de hasta 8 (ocho) plazas (excluido el conductor). Bocacalle: Entrada o embocadura de una calle. Banquina: Zona de la vía contigua a una calzada pavimentada, de un ancho de hasta tres metros, si no está delimitada. Calzada: Parte de la vía pública destinada al tránsito de vehículos. Circulación giratoria: Tránsito que consiste en dar vuelta alrededor de una rotonda, dejando a esta constantemente a la izquierda del conductor. Conductor: Persona que dirige, maniobra o se halla a cargo del manejo dirécto de un vehículo durante su utilización en la vía pública. Encrucijada: Lugar donde se cruzan o dividen dos o más calles o caminos.
Estacionar: Detención de un vehículo en la vía pública con o sin
conductor, por un periodo mayor que el necesario para el ascenso o descenso de
pasajeros o carga o descarga de cosas.
Ómnibus: Vehículo automotor para transporte de pasajeros de capacidad mayor de ocho personas, más el conductor. Peatón: Llámese peatón a todo usuario de la vía pública que se desplaza por la misma sin necesidad de medios de movilidad. Peatón es aquel que circula a pie. Senda Peatonal: sector de la calzada destinada al cruce de ella por peatones y demás usuarios de la acera. Cuando no exista demarcación específica, es la parte de la calzada que prolonga la acera en sentido longitudinal. Señal de tránsito: Dispositivo, marca, signo colocado o erigido por la autoridad competente o entidad autorizada con el propósito de guiar, dirigir, advertir o regular el tránsito. Vehículo: Medio en el cual o por el que toda persona o cosa puede ser transportada por la calzada. |
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