jueves, 25 de abril de 2013

DEFINICIONES DE LA EDUCACION VIAL

La Educación Vial tiene como objetivo "la adquisición de hábitos que permitan al ciudadano acomodar su comportamiento a las normas, reglas y principios del tránsito".
Se tiende a la obligación de la educación vial  para que se tome conciencia del fenómeno y de sus consecuencias.

Se espera con la educación vial que todos respetemos más la vida.

Algunas definiciones  que se deben de conocer en la  educacion vial.
 
Acera: orilla de la calle, vía pública o vereda, generalmente pavimentada, destinada para el tránsito de peatones.

Automóvil: Automotor para transporte de personas de hasta 8 (ocho) plazas (excluido el conductor).

Bocacalle: Entrada o embocadura de una calle.
 

Banquina: Zona de la vía contigua a una calzada pavimentada, de un ancho de hasta tres metros, si no está delimitada.

Calzada: Parte de la vía pública destinada al tránsito de vehículos.

Circulación giratoria: Tránsito que consiste en dar vuelta alrededor de una rotonda, dejando a esta constantemente a la izquierda del conductor.

Conductor: Persona que dirige, maniobra o se halla a cargo del manejo dirécto de un vehículo durante su utilización en la vía pública.

Encrucijada: Lugar donde se cruzan o dividen dos o más calles o caminos.
 
Estacionar: Detención de un vehículo en la vía pública con o sin conductor, por un periodo mayor que el necesario para el ascenso o descenso de pasajeros o carga o descarga de cosas.

Ómnibus: Vehículo automotor para transporte de pasajeros de capacidad mayor de ocho personas, más el conductor.

Peatón: Llámese peatón a todo usuario de la vía pública que se desplaza por la misma sin necesidad de medios de movilidad. Peatón es aquel que circula a pie.

Senda Peatonal: sector de la calzada destinada al cruce de ella por peatones y demás usuarios de la acera. Cuando no exista demarcación específica, es la parte de la calzada que prolonga la acera en sentido longitudinal.

Señal de tránsito: Dispositivo, marca, signo colocado o erigido por la autoridad competente o entidad autorizada con el propósito de guiar, dirigir, advertir o regular el tránsito.

Vehículo: Medio en el cual o por el que toda persona o cosa puede ser transportada por la calzada.

 

 

 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario