jueves, 25 de abril de 2013

ELEMENTOS DE SEGURIDAD

BOTIQUIN

La ley de tránsito no exige ningún tipo de botiquín de primeros auxilios. Contar con uno por supuesto nunca está de más. Pero de igual forma, como Centro de Experimentación y Seguridad Vial, podemos decir que el hecho de tener un botiquín en el auto de nada sirve en caso de accidentes vehiculares, ya que las magnitudes de las lesiones que sufren las personas exige que la asistencia la brinde un médico a paramédico especializado.

BALIZAS

La Ley de Tránsito, en su Artículo 40º dice que "Para poder circular con automotor es indispensable que posea balizas portátiles normalizadas, excepto las motocicletas.
Para las balizas portátiles a ser llevadas en los vehículos automotores, se requerirá que estén fabricadas conforme a las especificaciones de las normas IRAM y de acuerdo a las condiciones enunciadas seguidamente:
1) Las dos balizas que se utilicen para los vehículos deberán cumplir como mínimo con lo establecido en la Norma IRAM 10.031/84 -Balizas Triangulares Retrorreflectoras.
2) Las balizas se llevarán en un lugar accesible

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